Dirección Gral de Control Contable
Misiones y Funciones (Decreto 2483/01)
Dirección General de Control Contable
Centralizar el desarrollo de las tareas de control contable ante los organismos
centralizados y descentralizados.
Supervisar las acciones de las Delegaciones Fiscales a los efectos de
cumplimentar las políticas fijadas.
Dirigir el control que las Delegaciones Fiscales realizan en materia de
verificación de las operaciones económico-financieras, contables y
patrimoniales.
Dirigir la verificación de la exactitud de las operaciones contables y sus
registros escriturales.
Ejercer el control de gestión mediante las acciones apropiadas a la naturaleza
del ente.
Dirección Delegaciones
Verificar la organización, regularidad y exactitud de las operaciones contables
y su registración, como así también las operaciones económico-financieras y
patrimoniales.
Verificar los saldos de cada una de las partidas del Presupuesto General y el
estado de ejecución de las mismas en sus diversas fases, procediendo de igual
modo respecto de los cargos a responsables.
Practicar arqueos de fondos y/o valores e intervenir con carácter previo las
órdenes de pago que se abonen por la repartición.
Analizar las rendiciones de cuentas que se realicen y remitirlas al Honorable
Tribunal de Cuentas.
Asistir al acto de apertura de propuestas para contrataciones, examinar las
mismas y suscribir el acta respectiva.
Intervenir las comunicaciones de altas patrimoniales de bienes muebles e
inmuebles y en la confección de los valores fiscales que se utilizan en la
percepción de los recursos, su entrega a las oficinas encargadas de su
distribución, venta y cobro, realizando la pertinente comunicación.
Actualmente se encuentra regulado su campo de acción en la Resolución N°
334/03, en donde se establece la intervención en aspectos de:
a) Control previo de legalidad en el marco del Decreto - Ley 7764/71 y sus
modificatorios.
b) Control previo de legalidad en el marco de la Ley 6021.
c) Control previo de legalidad en el marco de la Ley 10430 y regímenes
especiales vigentes.
d) Controles contables - financieros y patrimoniales.
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